1. Elabora una Política de Privacidad para tus usuarios
Protege los datos personales de tus usuarios. Implementa una política de privacidad acorde con el tipo de datos personales que procesas de tus usuarios. Los ficheros donde alojes los datos deben estar dotados de las medidas de seguridad que marca la normativa. Adecúa tu negocio a las exigencias del nuevo Reglamento Europeo. Seguramente necesites designar a un Delegado de Protección de Datos para observar el cumplimiento normativo. Las sanciones son muy severas y podrán alcanzar los 100 millones de euros en caso de incumplimiento.
2. Informa sobre el uso que haces de las “cookies”
Un tema muy en auge en los últimos meses. Está permitido el uso de cookies en sitios web pero la información que debes proporcionar al usuario dependerá de los diferentes tipos de cookies que emplees (es decir, si son cookies propias o de terceros; si tienen como finalidad facilitar el inicio de sesión de una web (session), la visualización de contenidos audiovisuales (flash), el rastreo de información para la elaboración de perfiles (tracking), etc.). Proporciona siempre información clara al usuario y obtén los consentimientos a través de los mecanismos permitidos.
3. Redacta un Aviso Legal
No es necesario tener un aviso legal extenso. Su contenido mínimo está regulado por la normativa. El aviso legal te ayudará, además de a cumplir con las obligaciones de información que debes proporcionar a los usuarios, a proteger tus contenidos y a limitar tu responsabilidad por el uso y acceso a los contenidos por parte del usuario. Es importante que el aviso legal sea conciso pero preciso ya que constituye un elemento muy visible que puede ayudarte a generar confianza con el usuario.
4. Protege los Contenidos y la Propiedad Intelectual de tu Web
Existen diversas formas para proteger los contenidos de tu web. Incluso puedes proteger el look and feel de tu web como trade dress. La Ley de Propiedad Intelectual, reformada recientemente, ofrece diferentes mecanismos de protección de los derechos de propiedad intelectual para evitar que tus competidores imiten tus creaciones. Las imitaciones, además de constituir una vulneración de los derechos de propiedad intelectual, pueden considerarse como prácticas de competencia desleal que permitirán al titular de los derechos ejercitar acciones legales contra los infractores de esos derechos.
5. Registra tus Nombres de Dominio en Internet
La ICANN ha aprobado la admisión de nuevos Generic Top Level Domains. Estos nuevos dominios se irán aprobando progresivamente, y se integrarán de forma que, para pertenecer a uno de ellos, se deberán cumplir una serie de requisitos. Por ejemplo, si perteneces a la industria de la moda, podrás proteger tu marca con un dominio “.clothing”. Estas condiciones son propuestas por la entidad que registra el gTLD y aprobadas por la ICANN. ¡Adelántate a tus competidores y protege tu marca!
6. Ten en cuenta los derechos de los Consumidores
España ha implementado recientemente las nuevas disposiciones normativas europeas sobre derechos de los consumidores que tienen un impacto directo en la venta de productos y servicios on-line. Cabe destacar, a modo de ejemplo, la ampliación del plazo del derecho de desistimiento del consumidor que pasa a ser de 14 días. Con esta normativa se pretende homogeneizar los derechos de los consumidores a nivel europeo, así como homogeneizar la información que debe darse al consumidor durante el proceso de formalización del contrato de compra por medios electrónicos. Es importante destacar, igualmente, la información sobre las características del producto y del precio final de los mismos de manera que no pueda inducir a error al consumidor final.
7. Conoce las restricciones de Publicidad en Internet para promocionar tus productos
España es uno de los países en los que más normativa se debe tener en cuenta al lanzar una promoción on-line o a través de redes sociales. La publicidad on-line está regulada por normativa muy diversa que tendrás que tener en cuenta en función de a quién va dirigida la oferta (por ejemplo, si es a consumidores o a empresas; si es a adultos o a menores), el ámbito geográfico, el tipo de producto (por ejemplo, si es entrega física o descarga on-line), etc. Asesórate antes de lanzar campañas promocionales. La inobservancia de las normas en materia de publicidad puede acarrear fuertes sanciones.
8. Obtén el consentimiento del usuario para el envío de tus newsletters
Mantener informados a tus clientes y usuarios es importante para aumentar la visibilidad y generar tráfico en tu página web. Pero sólo es legal informar periódicamente a aquellos usuarios que hayan prestado su consentimiento para recibir newsletters y noticias. De lo contrario, podría considerarse como sistemas de notificación similares al spamming, prohibido por nuestra normativa.
9. Protege tu aplicación para dispositivos móviles
Recientemente la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) ha publicado un extenso informe en el que analizaba los diferentes mecanismos de protección de videojuegos y que eran aplicables, por extensión, a las aplicaciones para dispositivos móviles. Tanto los videojuegos como las aplicaciones están integrados por múltiples elementos gráficos, sonoros y de texto que sería necesario analizar en cada caso para valorar qué elementos son susceptibles de protección y la manera más efectiva de conseguirla.
10. La BNE podrá tener acceso a tus publicaciones electrónicas
También recientemente se ha publicado una norma en virtud de la cual la Biblioteca Nacional de España (BNE) puede tener acceso a publicaciones electrónicas con el objeto de conservar el patrimonio cultural a través de Internet mediante la recopilación de publicaciones electrónicas. Esto, en principio, no implica un deber activo por parte de los editores de publicaciones en Internet pero éstos sí deben dejarse rastrear por la BNE. En los casos en que determinados contenidos sólo sean accesibles para determinados usuarios, el editor deberá facilitar las claves de acceso a la BNE para que recopile las publicaciones electrónicas en caso de que la BNE lo estime oportuno.
Artículo publicado en RRHH Digital